Asociación de Entidades del Sistema de la Seguridad Industrial de Aragón

Preguntas frecuentes

TEMAS TÉCNICOS DE BAJA TENSIÓN

Preguntas frecuentes en Baja Tensión, sobre temas técnicos.

Esta información está dirigida a Prestadores

¿Qué es el USO de la instalación?

El USO de la instalación viene determinado en Aragón por la Orden EIE/1731/2017, de 5 de octubre, de regulación de determinados procedimientos administrativos en materia de seguridad industrial de las instalaciones eléctricas de baja tensión.

En ella aparecen las tablas:

Con estas tablas se podrá determinar el USO correcto entre los posibles para una misma instalación (puede haber más de un uso).

¿Qué es la DENOMINACIÓN?

Es un campo muy importante y que afecta a varios ámbitos. No sólo es un campo de Baja Tensión, sino que pertenece a la instalación global. Por ello se comparte entre Baja Tensión, RITE, Incendios y otras instalaciones que pueda tener el local o emplazamiento.

Debe indicarse la característica inequívoca del «local».

Por ejemplo:

  • – Vivienda
  • – Industria del aluminio
  • – Taller de vehículos
  • – Bar La Estrella
  • – Restaurante

Diferencias entre MUNICIPIO y LOCALIDAD

En la base de datos de instalaciones (RUI), existe la provincia, el municipio (término municipal) y la localidad.

PROVINCIA: Queda claro que en Aragón hay tres: Huesca, Zaragoza y Teruel.

MUNICIPIO: Nombre del Término Municipal. Un Municipio puede tener varias localidades.

LOCALIDAD: Nombre del Núcleo poblacional con entidad propia.

¿Qué potencia tengo que poner en un trámite de Baja Tensión?

Potencia prevista o instalada: Potencia máxima capaz de suministrar una instalación a los equipos y aparatos conectados a ella, ya sea en el diseño de la instalación o en su ejecución, respectivamente.

Esto en la práctica supone ser la menor potencia entre: la suma de los receptores de una instalación o el valor máximo de potencia que permite el IGA de esa instalación.

Potencia ampliada: en caso de ampliaciones de potencia en una instalación, la diferencia entre la potencia instalada final menos la potencia instalada inicial.

Potencia máxima admisible: Potencia máxima que la instalación puede suministrar. Atención: no es necesario indicarla en instalaciones del Reglamento de 2002.

¿Cómo se tramitan las instalaciones fotovoltaicas?

Las instalaciones fotovoltaicas se deberán tramitar (si no existe previamente instalación) como nueva instalación y uso 13 A Generadores y Convertidores.

Más información en las noticias:

¿A partir de que potencia se necesitará aportar Inspección Inicial en una instalación fotovoltaica?

Se deberá aportar Certificado de Inspección de Inicial de Organismo de Control en instalaciones fotovoltaicas >25 KW al considerarse instalaciones a la intemperie.

Aunque actualmente no está previsto una aportación del documento en Pegasso, debe aportarse en el apartado «Aportar documento». El aporte lo podrá realizar la empresa instaladora, la proyectista o la dirección de obra.

Más información en las noticias:

¿Se pueden tramitar instalaciones fotovoltaicas de > de 100 KW en Aessia?

Se pueden tramitar instalaciones fotovoltaicas de >100 kW en Aessia sólo si son instalaciones aisladas.

Las instalaciones interconectadas a red de >100 KW se deberán tramitar a través de los Servicios Provinciales

¿Qué instalaciones fotovoltaicas requieren Proyecto y Dirección de Obra?

Se necesitará aportar Proyecto y Dirección de Obra aquellas instalaciones fotovoltaicas con potencia >10 KW.

Tengo una instalación fotovoltaica y quiero cobrar los excedentes

En Instalaciones Fotovoltaicas: Si la instalación está acogida a compensación de excedentes, una vez que tramite la instalación a través de Pegasso y esté trasladada a RUI (Registro Único de Instalaciones de Gobierno de Aragón),  deberá registrarla en el RADNE y debe realizar este trámite a través de Gobierno de Aragón.

AESSIA no gestiona este trámite, pero puede obtener información en la página:

www.aragon.es/tramitador/-/tramite/registro-administrativo-autoconsumo-energia-electrica

Me han camperizado una furgoneta y me piden en la ITV el boletín de la instalación

Un vehículo modificado, en el que se emplee una instalación eléctrica de Baja Tensión, debe tener su propio boletín (Certificado de Instalación Eléctrica) como si fuera una vivienda o similar. Este documento, diligenciado y sellado, debe entregarse con la documentación del vehículo en la ITV.

¿Cómo se tramitan las instalaciones de recarga de vehículos eléctricos?

Dependiendo de la instalación de la que se suministran.

En el caso del garaje particular de una vivienda se deberá tramitar como modificación de importancia o ampliación de la vivienda. El uso será 1B_Vivienda unifamiliar.

  •  Se deberá recuperar el nº de instalación de la vivienda, si existe. 
  • En denominación se deberá indicar VIVIENDA 
  • En observaciones del certificado indicar la ubicación del garaje (planta, nº de plaza….).
  • También puede indicar que se trata de un trámite de instalación de punto de recarga de VE.

Si es un punto de recarga con suministro independiente, se deberá tramitar con USO:

  • 16A_Recarga del vehículo eléctrico
  • 16B_ Recarga del vehículo eléctrico situadas en el exterior
  • 16C_ Recarga del vehículo eléctrico para el modo de carga 4

Si se suministra de un garaje, local, local de pública concurrencia, industria, etc., deberá utilizarse la tabla 1A de usos ordenados por criterio más exigente para seleccionar el USO.

Una vez seleccionado el uso, debe utilizarse la tabla 1 para determinar los documentos a incluir en el expediente. Debe tenerse en cuenta si la tramitación es por modificación de importancia, ampliación o modificación.

Tengo que legalizar una instalación de un cargador que por el asistente me requiere Memoria Técnica de Diseño. Dispongo de Proyecto de esa instalación. ¿Puedo cargar el proyecto o debo cargar la memoria?

Debe aportarse el formulario obligatorio y oficial del Gobierno de Aragón. Si es necesario Memoria Técnica de Diseño (C0001), rellenar la Memoria, aportarla y firmarla.

No obstante, es muy buena idea aportar también el Proyecto en “Aportar documento” o incluirlo en la propia Memoria como anexo.

¿Cómo se tramita un edificio nuevo de viviendas?

Lo primero es tener claro el alcance del edificio (nº de viviendas totales, potencias, etc.). Si supera los 100kW se tramitará con Proyecto y Dirección de Obra.

Cada suministro con características especiales (sala de calderas, garaje, piscina, etc.) deberá tener un expediente independiente.

Si los servicios comunes tienen alguno de las instalaciones con características especiales, su USO debe ser el adecuado a esas características. La DENOMINACIÓN debe indicar, por ejemplo, «Servicios generales con Piscina» o «Servicios generales con sala de calderas», de forma que quede claro lo que el suministro incluye.

Si el edificio tiene varias escaleras o portales, pero forman parte de la misma edificación, no pueden considerarse varios expedientes distintos. Se trataría de un único expediente.

¿Cómo se tramita una instalación temporal por fiestas o similares?

Hay que determinar el periodo de validez de la instalación. Si es anual o por un tiempo determinado.

Las instalaciones temporales de fiestas tienen como USO 7B_Instalaciones temporales en locales o emplazamientos abiertos.

Si es la primera comunicación, se realizará la tramitación como NUEVA.

En DENOMINACIÓN debe indicarse el objeto de la instalación (alumbrado navideño, suministro a orquesta, suministro a casetas de alimentación, Tio vivo «El mareo», etc.) de forma que quede bien definido.

Si se va a realizar la renovación anual deberán indicarse los mismos datos, de forma que se pueda constatar que la instalación que se renueva es la misma del año anterior.

En caso de instalaciones de ferias sobre vehículos, conviene indicar la matrícula o número de bastidor.

Si se trata de un temporal ambulante, en el emplazamiento deberá indicarse «Comunidad Autónoma de Aragón». Si se trata de un emplazamiento fijo, debe indicarse claramente la dirección del emplazamiento.

La documentación necesaria para su tramitación, la podremos ver en la tabla 1.

¿Cómo se tramita un temporal de obras?

El USO deberá ser 7A_Instalación temporal para maquinaria de obras en construcción.

La documentación necesaria para su tramitación, la podremos ver en la tabla 1.

En caso de que el suministro se realice a través de un grupo electrógeno, este puede incluirse en la documentación del expediente temporal.

Una vez que se hayan acabado las obras, la instalación debe darse de baja en el Servicio Provincial correspondiente. No puede emplearse este número de instalación para tramitar la instalación definitiva.

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