Categorización de los controles y consideración de agentes
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Cada control realizado obtiene un resultado (Favorable, Condicionado o Negativo).
A su vez, cada control se clasifica en categorías, dependiendo del número y gravedad de sus defectos.
La categoría correspondiente determina las acciones posteriores.
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CATEGORIZACIÓN CONTROLES DE NIVEL 2 – DOCUMENTALES
CATEGORIZACIÓN | RESULTADO | DEFECTOS | ACCIONES |
– CAT 1: | FAVORABLE | Sin defectos | Cierre del Control |
– CAT 2: | FAVORABLE | Leves documentales | Notificación a los agentes y cierre del Control por parte de AESSIA. |
– CAT 3: | CONDICIONADO | Leves o graves documentales Leves técnicos | Notificación a los agentes y solicitud de corrección |
– CAT 4: | CONDICIONADO | Graves técnicos Graves por hecho tramitado | Notificación a los agentes y solicitud de corrección |
– CAT 5: | CONDICIONADO | Defectos graves con necesidad de establecimiento de criterio | Envío del Control al Comité Técnico para su valoración |
– CAT 6: | CONDICIONADO | Múltiples defectos o defectos muy graves | Se envía a Control nivel 3 |
Un número muy elevado de defectos supone el paso a Categoría 6 y envío del control a nivel 3-presencial.
Comité Técnico: Grupo de trabajo formado por la Dirección General de Promoción Industrial e Innovación, Servicios Provinciales y AESSIA, que se reúne periódicamente parala discusión de criterios de subsanación, homogeneización de criterios de tramitación e interpretaciones unificadas de aspectos reglamentarios.
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CATEGORIZACIÓN CONTROLES DE NIVEL 3 – PRESENCIALES
CATEGORIZACIÓN | RESULTADO | DEFECTOS | ACCIONES |
– CAT 1: | FAVORABLE | Sin defectos | Cierre del Control |
– CAT 2: | FAVORABLE | Leves documentales | Notificación a los agentes y cierre del Control por parte de AESSIA |
– CAT 3: | CONDICIONADO | Leves o graves documentales Leves técnicos | Notificación a los agentes y solicitud de corrección |
– CAT 4: | CONDICIONADO | Graves técnicos Graves por hecho tramitado | Notificación a los agentes y solicitud de corrección |
– CAT 5: | CONDICIONADO | Defectos graves con necesidad de establecimiento de criterio | Envío del Control al Comité Técnico para su valoración |
– CAT 6: | NEGATIVO | Defectos muy graves o criterio tras CAT 5 | Se envía al Servicio Provincial correspondiente para tramitación administrativa según legislación vigente (procedimiento de restablecimiento de legalidad, procedimiento sancionador si procede, ….) |
Un número muy elevado de defectos en CAT 3 y 4, supone el paso a Categoría 5 y envío del control al Comité Técnico.
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CONSIDERACIÓN DE AGENTES
Parece lógico que sobre los agentes sin deficiencias o con menos deficiencias, recaigan un número menor de controles que sobre los que tienen más deficiencias.
Dependiendo del número de defectos y su tipología, el agente puede ser considerado como «Agente con Déficits» ya sea en tramitaciones, en instalaciones o ambas. Esta consideración implica un mayor número de controles sobre sus expedientes tramitados.
Igualmente, los agentes que no subsanen las deficiencias encontradas y notificadas serán considerados como los anteriores.
El objeto de este mayor control es que se pueda comprobar la mejora de las actuaciones de los agentes con más deficiencias y que puedan perder esa consideración negativa, lográndose además mejorar la seguridad de las instalaciones y de los usuarios de las mismas.