¿Sabías que dependiendo del punto de recarga varían las horas que necesita el coche eléctrico para ser recargado? ¿Conoces cúal es el coste aproximado de una instalación?
¿Puedo recargar mi coche en un garaje comunitario?
Son pocos los garajes comunitarios que cuentan con puntos de recarga. Sin embargo, la instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio es posible, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje. Sólo requerirá la comunicación previa a la comunidad. Para ello, debes hacer una comunicación a la comunidad de vecinos, es decir, presentar un escrito al Presidente y al Administrador de tu comunidad comunicando que vas a instalar un punto de carga para vehículo eléctrico. No se requiere su autorización, ya que el coste de la energía que consumas no se cargará a los vecinos.
¿Qué normas regulan la recarga de vehículos eléctricos?
La legislación que regula el vehículo eléctrico y la recarga de estos es aún muy variada y va creciendo conforme evoluciona. Aquí te informamos sobre las más actuales:
- Real Decreto 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba una nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) BT 52 «Instalaciones con fines especiales. Infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos», del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, y se modifican otras instrucciones técnicas complementarias del mismo.
- Real Decreto 647/2011, Gestor de carga: Regula la figura del gestor de carga dentro de la Ley 54/97 del sector Eléctrico como consumidor capacitado para vender electricidad para la recarga de vehículos.
- Real Decreto 216/2014. Tarifa PVPC. Regulación de la tarifa regulada PVPC, donde se encuentra la de Coche Eléctrico.
- Modificación de la Ley de Propiedad Horizontal. Ley 19/2009. Modificación de la Ley de propiedad Horizontal, para evitar la necesidad de una votación a la hora de instalar un punto de recarga en un garaje comunitario por parte de un vecino. Ahora únicamente se requiere la comunicación por parte del interesado a su comunidad.
¿Puedo instalar un punto de recarga rápida en mi domicilio particular?
Los puntos de recarga rápida suelen estar en la vía pública, conocidos también como “electrolineras”. Estas estaciones pueden ser tanto de corriente alterna como continua y su potencia va de los 43 kW a los 50 kW. Su instalación cuesta unos 50.000€, por lo que suelen encargarse de su instalación las instituciones públicas o las propias gasolineras. Recargan la batería del vehículo eléctrico a una velocidad aproximada de 120km de autonomía cada 20 minutos de carga.
Sin embargo, es posible instalar en las viviendas cargadores rápidos ya que no hay ninguna normativa que lo prohíba, pero es totalmente desaconsejable. Antes de la instalación de un punto de recarga rápida en la vivienda, debes asesorarte con expertos en la materia, ya que estos serán los que te explicarán las condiciones necesarias que debes tener en la vivienda y te aconsejarán con los planes eléctricos más apropiados al contar con un punto de recarga en la vivienda. Por lo general el coste es tan elevado que no existe amortización.
¿Qué es el control dinámico de recarga y como me ayuda?
El control dinámico de recarga es un sensor inteligente que se encuentra en la nueva generación de puntos de recarga para vehículos eléctricos y que permite autorregular la carga, sin sobrepasar nunca la potencia que tiene la instalación contratada. De esta forma, tendrás controlada en todo momento la intensidad de la carga sin que afecte al resto de la vivienda.