El Real Decreto Ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), tiene por objetivo facilitar la toma de decisiones por parte de las comunidades de vecinos para llevar a cabo obras de renovación de edificios que contribuyan a mejorar la eficiencia energética y así facilitar su acceso al crédito.
Respecto a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética del edificio o la implantación de fuentes de energía renovable de uso común, se establece «un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para su desarrollo». También se establece que el coste de las actuaciones para cubrir los préstamos o financiación que haya sido concedida para tal fin «tendrá la consideración de gastos generales».
Las ayudas se gestionarán a través de las Comunidades Autónomas que darán la subvención al finalizar las obras y cumplir los requisitos, si bien podrán también dar anticipos a los destinatarios que lo soliciten.
Habrá 6 Programas de ayuda
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
- Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
- Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
- Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en
viviendas. - Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la
rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación. - Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios
energéticamente eficientes
Las Comunidades Autónomas contarán con el apoyo de entidades colaboradoras que realizarán actuaciones como la transferencia o entrega de los fondos. (Organismos públicos, asociaciones, entidades de crédito, organizaciones…), agentes y gestores de la rehabilitación, persona o entidad pública o privada que puede realizar actuaciones de impulso, seguimiento, gestión y percepción de ayudas públicas.
Se introducen tres deducciones. Una de ellas es la deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual.
La segunda alcanza el 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en vivienda habitual.
La tercera bonificación es una deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en edificios residenciales.
El decreto contempla la creación de una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética.